Venció el plazo para ajustar el reglamento: ¿qué pasa con mi comunidad?
Respuesta corta: El plazo para ajustar los reglamentos a la Ley N.º 21.442 venció el 9 de enero de 2026. La comunidad puede regularizarse hoy aprobando un reglamento propio, conforme a la ley y a su reglamento (D.S. N.º 7).
Qué dice la Circular N.º 13 del MINVU
- Si la comunidad debía ajustar su reglamento y no lo hizo, el reglamento anterior solo rige en lo que no contradiga la ley.
- Si debía dotarse de uno y no lo hizo, se le aplica el Reglamento Modelo aprobado por el MINVU.
Por qué conviene un reglamento propio
- El Reglamento Modelo es general: no considera las particularidades de cada comunidad.
- Un reglamento claro respalda las multas y los acuerdos ante un reclamo en el Juzgado de Policía Local.
- La Ley Valentín (Ley N.º 21.842) ya impide prohibir mallas y otros sistemas de seguridad: el reglamento debe reflejarlo.
Cómo lo hacemos
- Evaluamos el reglamento vigente, redactamos la actualización y preparamos una versión en lenguaje claro para la asamblea.
- Más de 100 comunidades han confiado en JustIA Comunidad.
Normativa relacionada
Enlaces directos al texto vigente en Ley Chile, de la Biblioteca del Congreso Nacional, que incorpora cada modificación. La Circular N.º 13 enlaza al MINVU. Revisado el 5 de octubre de 2026.
Ver la biblioteca normativa completa
Información general, revisada en octubre de 2026. No reemplaza la asesoría legal para el caso concreto de tu comunidad.